El proyecto de Ley para un nuevo perdonazo tributario y reducción del período de extinción de deudas de 8 a 4 años espera tratamiento en el Legislativo.
Parada: Con la prórroga, las
empresas dejaron de pagar Bs 10 mil MM del impuesto a utilidades
ECONOMÍA
Marco Belmonte / La Paz
El Gobierno aguarda que la
Asamblea Legislativa agilice el tratamiento de un nuevo perdonazo tributario de
las empresas, sin embargo gracias a la prórroga establecida para el pago de
Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE), las compañías dejaron de pagar
10 mil millones de bolivianos, informó el ministro de Economía, José Luis
Parada.
La autoridad en un contacto por
la red de medios estatales y redes sociales absorbió diferentes dudas sobre el
pago de bonos dispuestos por el Gobierno para ayudar a las familias enfrentar
la carencia de ingresos por la cuarentena como emergencia del coronavirus.
¨En el tema impositivo se dieron
muchas facilidades a los contribuyentes, por ejemplo se ha postergado el pago
del IUE, que es lo que más le quita liquidez a las empresas. El sector privado
se ha beneficiado de esta medida dejando de pagar casi 10 mil millones de
bolivianos. Además Impuestos Nacionales con
varias resoluciones ha postergado los deberes formales el IVA, el
REC-IVA hasta junio”, explicó.
Adicionalmente hace más de un mes
se presentó a la Asamblea Legislativo un proyecto de ley que establece un nuevo
perdonazo tributario para las empresas con deudas tributarias al fisco.
Parada indicó que con esa norma
se establece nuevas facilidades y se busca reducir la deuda de 41 millones de
bolivianos que tienen los contribuyentes con el Servicio de Impuestos
Nacionales (SIN).
Página Siete en su edición del e
3 de marzo informó los alcances de esta
propuesta que está inserta en un proyecto de ley que busca modificar la Ley
2492, del Código Tributario Boliviano, del 2 de agosto de 2003.
“Los sujetos pasivos y terceros responsables
con deudas tributarias a favor del nivel central del Estado, por periodos
fiscales anteriores al 1 de enero de 2020, podrán hasta el 15 de mayo de
2020 efectuar el pago único al contado
del tributo omitido, con un interés único del 2% anual aplicable a todo el
periodo en mora, y beneficiarse con la condonación del mantenimiento de valor y
del 100% de las multas por delitos y contravenciones que surjan del no pago del
tributo o la devolución indebida del tributo”, señala el proyecto.
También propone acogerse a
facilidades de pago por el tributo omitido, con un interés único del 4% anual
aplicable a todo el periodo en mora y beneficiarse con la condonación anterior.
Adicionalmente el proyecto de ley
plantea reducir el tiempo en que una
deuda tributaria se extingue: de ocho a
cuatro años. “La facultad de la Administración Tributaria para controlar,
investigar, verificar, fiscalizar, determinar el tributo, imponer sanciones
administrativas y ejercer la facultad de ejecución tributaria prescribe en
cuatro años”, señala el artículo 2, sobre la prescripción de la deuda
tributaria.
Parada sostuvo que el anterior
gobierno de manera discrecional elevó el período de prescripción de cuatro a
ocho años, con lo cual la deuda de los contribuyentes se elevó por las multas e
intereses. Es por eso que si la Administración Tributaria pedía una factura del
año siete, muchas empresas no la tenían y se aplicaban multas y sobreintereses.

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